Requisitos para facturar electrónicamente

El artículo 11 (Decreto Ejecutivo N°. 766). El Usuario emisor de Factura Electrónica que utilice proveedores de Autorización calificada (PAC) debe cumplir las siguientes obligaciones:

  • Contar con la debida Excepción de uso de Equipos Fiscales: Esta se obtiene con la generación de la Declaración Jurada de uso SFEP a través de la página de etax2.0 de la DGI. La aprobación es inmediata. Esta declaración también coloca las fechas limites que tienes para salir en productivo (90-120-150 días calendario) según sus niveles de ingresos anuales.

  • Contar con un certificado electrónico expedido por un prestador de servicios de certificación registrado ante la Dirección Nacional de Firma Electrónica del Registro Público de Panamá, con el cual deberá firmar sus documentos electrónicos.

  • Estar debidamente registrado en el Sistema de Factura Electrónica de Panamá ante la Dirección General de Ingresos (DGI). Debe poseer los datos actualizados en el etax2.0

  • Emitir los documentos según las especificaciones establecidas en la Ficha Técnica, para ello, GuruSoft se encarga de generar y/o validar el documento XML según las especificaciones de esta, y el cliente emisor debe consumir los servicios que ofrecemos y cumplir con las validaciones que tiene cada campo.

  • Contratar los servicios de al menos un Proveedor de Autorización Calificado (PAC) para obtener la Autorización de Uso de sus documentos electrónicos. GuruSoft cuenta con la certificación PAC.

  • Reportar debidamente los eventos posteriores relacionados a una Factura Electrónica, para ello, GuruSoft ofrece servicios de emisión como de recepción según las especificaciones técnicas de la DGI.

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