# Proceso de Solicitud de Certificación de emisión de Documentos Electrónicos

El sujeto pasivo previo a la solicitud de certificación debe tener conocimiento general del proceso de emisión de documentos electrónicos propuesto por la Administración Tributaria (puede solicitar asistencia llamando al Centro de Atención Telefónica 1700 774 774 o solicitar información y asistencia a los funcionarios del SRI a nivel nacional a través de nuestro canal de atención presencial).

El sujeto pasivo que se incorpore a la modalidad de emisión electrónica de documentos deberá obtener un certificado digital de firma electrónica que puede ser adquirido en cualquier Entidad de Certificación autorizada por el organismo competente. Se detalla a continuación las direcciones electrónicas de las entidades en donde se puede encontrar detalles específicos de los certificados digitales de firma electrónica:

| ENTIDADES DE CERTIFICACIÓN | INFORMACIÓN                          |
| -------------------------- | ------------------------------------ |
| Banco Central del Ecuador  | <http://www.eci.bce.ec/>             |
| Consejo de la Judicatura   | <http://www.funcionjudicial.gob.ec/> |
| Security Data              | <http://www.securitydata.net.ec/>    |
| ANF AC Ecuador             | <https://www.anf.es/>                |

Considerar que con la publicación del Decreto 181 de 11 de octubre de 2011, las Entidades de Certificación deberán actualizar los Certificados Digitales de Firma Electrónica conforme a lo detallado en dicho decreto

La solicitud de certificación para los ambientes de Pruebas y Producción deberá realizarla directamente a través del Portal WEB del SRI (Servicios en Línea), recuerde que debe encontrarse en estado activo, al día en sus obligaciones tributarias y haber registrado un convenio de débito para pago de declaraciones para obtener exitosamente la autorización, esta solicitud se realizará una sola vez para cada ambiente.

La solicitud de certificación en el ambiente de Pruebas es obligatoria para todos los solicitantes, puesto que en este ambiente los emisores podrán realizar todas sus acciones en desarrollo, ejecutando y verificando que los comprobantes electrónicos cumplan con los esquemas XSD, así como con el tipo de firma electrónica incorporada en los comprobantes; adicionalmente se verificará la conexión con los enlaces a través de WEB Services que se utilizarán para solicitar la autorización de los comprobantes electrónicos generados y recibir la respuesta por parte de la Administración Tributaria conforme al acuerdo de nivel de servicio; cabe mencionar que los comprobantes emitidos en ambiente de Pruebas no tendrán ninguna validez tributaria, ni legal.

Cabe recalcar que el ambiente de Pruebas fue diseñado únicamente para verificar que el comprobante electrónico generado cumpla con las validaciones indicadas en el presente documento, por tal motivo no se deben hacer pruebas de stress o de masividad en este ambiente. Adicionalmente se recomienda que, en este ambiente los contribuyentes consideren los diferentes escenarios que podrían darse de acuerdo con su giro de negocio.

Los solicitantes, una vez que hayan verificado en el ambiente de desarrollo que el proceso de generación de comprobantes electrónicos, así como su envío y autorización, están estructurados correctamente y que sus pruebas realizadas sean de calidad, podrán ingresar la solicitud de emisión en el ambiente de Producción; todas las acciones que se realicen en este ambiente, así como los comprobantes electrónicos autorizados tendrán validez tributaria. Es responsabilidad del emisor garantizar que el sistema utilizado para la generación del comprobante electrónico cumpla con las validaciones y requisitos establecidos en el Reglamento de Comprobantes de Venta, Retención y Documentos Complementarios y Resoluciones relacionadas, a fin de garantizar que los comprobantes generados en este ambiente sean autorizados.

En la misma solicitud de certificación realizada para el ambiente de Pruebas o Producción, el sujeto pasivo deberá escoger el tipo de comprobante que va a emitir de manera electrónica.

Todas las transacciones realizadas por los sujetos pasivos son sustentadas en los comprobantes firmados electrónicamente, los mismos que deberán ser enviados al SRI a través del canal WEB SERVICES para la recepción y validación, el sistema de comprobantes electrónicos realizará las validaciones correspondientes, generando una contestación conforme al acuerdo de nivel de servicio.

Todos los comprobantes que no son autorizados tendrán su descripción del motivo por el cual no fueron autorizados.

Una vez generados los comprobantes electrónicos, el emisor tiene la obligación de enviar dichos comprobantes al receptor mediante correo electrónico; adicionalmente podrá utilizar otros medios de notificación (publicación en portal web, mensaje de texto, entre otros).

En el caso de comprobantes no autorizados, el emisor deberá corregir el error detectado y enviar nuevamente al SRI para su respectiva validación. Una vez que el comprobante se encuentre validado y en estado autorizado, deberá entregar y notificar al receptor.

Los sujetos pasivos podrán solicitar adicionalmente la inclusión de nuevos comprobantes, según su giro de negocio.
